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- Anteproyecto de Ley Orgánica
ANTEPROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA UNIVERSITARIO
Desde la aprobación de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, las universidades se han consolidado en nuestra sociedad al tiempo que se han seguido produciendo cambios que obligan a adaptar y actualizar el régimen jurídico del sistema universitario.
La crisis económica desencadenada en el año 2008 tuvo un impacto económico y presupuestario en el sistema universitario que aún persiste, pudiendo sistematizarse sus efectos en tres áreas:
- Envejecimiento de las plantillas: el 53,5% del profesorado permanente actual habrá alcanzado la edad de jubilación para el curso 2030-31.
- Precariedad laboral de parte de la plantilla del profesorado: la constricción de la tasa de reposición ha llevado al incremento de la precariedad mediante el recurso a la figura del profesor asociado, con dedicación parcial y de carácter temporal.
- Reducción de la inversión en educación universitaria: en el periodo 2009-2018 la inversión en educación universitaria ha descendido en un 10%, cifra que alcanzó hasta un 20% en su vertiente de financiación pública, aumentando la financiación privada a través del incremento de las tasas universitarias.
Durante estos últimos veinte años también se ha constatado una infrarrepresentación de las mujeres a todos los niveles (por ejemplo, solo el 23% de rectorías y el 35% de las personas titulares del decanato son mujeres), a pesar del aumento de su representación en el estudiantado (55% de las personas matriculadas son mujeres).
Finalmente, las universidades españolas adolecen de una escasa internacionalización (el estudiantado extranjero es inferior a países del entorno y apenas el 2,2% del total del personal docente e investigador tiene la nacionalidad de otro país). Los diferentes procedimientos administrativos dificultan la atracción de talento extranjero, especialmente de ciudadanos no comunitarios.
Para hacer frente a esta situación, la presente Ley Orgánica persigue los siguientes objetivos:
- Impulsar una Universidad de calidad, accesible, equitativa e internacionalizada.
- Promover una Universidad productora de conocimiento al servicio de la sociedad y que contribuya al desarrollo económico sostenible.
- Garantizar que los recursos humanos y financieros del sistema universitario son adecuados y suficientes para el cumplimiento de las funciones que tiene encomendadas la universidad.
- Asegurar una Universidad autónoma, democrática y participativa que constituya un espacio de libertad, de debate cultural y de desarrollo personal al mismo tiempo que sea eficaz y eficiente en la toma de decisiones y su gestión.
Partiendo de la derogación de la actual Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, el objeto de la presente Ley Orgánica se resume en:
- La regulación del sistema universitario, incluyendo, el régimen jurídico de universidades públicas y privadas, así como los órganos y mecanismos de coordinación que garanticen su calidad.
- La organización de enseñanzas y reconocimiento de títulos universitarios.
- Las normas de gobernanza de las universidades públicas, incluyendo su estructura.
- La financiación y régimen económico-financiero de las universidades públicas.
- El régimen del personal docente e investigador, así como el del personal técnico, de gestión y de administración y servicios y el del estudiantado.
- La promoción de la conexión de las universidades con su entorno social y cultural.
- El fomento de la internacionalización de sistema universitario.
- El régimen jurídico específico de las universidades privadas.
La Ley Orgánica proyectada consta de 107 artículos, divididos en un Título preliminar al que siguen quince títulos, diez disposiciones adicionales, siete disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y ocho disposiciones finales
El plazo para presentar alegaciones iniciará el 3 de septiembre y concluirá el 24 de septiembre.
Las alegaciones deberán cursarse a la dirección de correo electrónico audiencia.publica@universidades.gob.es, haciendo constar en ellas:
- ASUNTO CORREO: Alegaciones audiencia pública APLO Sistema Universitario.
- Nombre y apellidos/denominación o razón social del participante.
- Organización o asociación (si corresponde).
- Contacto (correo electrónico).
Con carácter general, las alegaciones recibidas se considerarán susceptibles de difusión pública. Las partes de la información remitida que, a juicio del interesado, deban ser tratadas con carácter confidencial y en consecuencia no proceda su libre difusión, deberán ser específicamente señaladas en el propio texto de la alegación, no considerándose a estos efectos los mensajes genéricos de confidencialidad de la información.
Las alegaciones recibidas con posterioridad al 24 de septiembre no serán tenidas en cuenta, dejando de estar operativo el buzón audiencia.publica@universidades.gob.es para la recepción de mensajes