Consulta Pública Previa - Tramitación cerrada

  1. Consulta pública previa sobre

CONSULTA PÚBLICA PREVIA SOBRE EL PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN ECD/2654/2015, DE 3 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE DICTAN NORMAS DE DESARROLLO Y APLICACIÓN DEL REAL DECRETO 967/2014, DE 21 DE NOVIEMBRE, EN LO QUE RESPECTA A LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA HOMOLOGACIÓN Y DECLARACIÓN DE EQUIVALENCIA DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR

De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto, anteproyecto de ley o reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.

En cumplimiento de lo anterior los eventuales interesados podrán participar remitiendo sus contribuciones a través del portal web del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades en su sección «Participación pública en proyectos normativos», subsección «Consulta pública previa» conforme a lo establecido en la Orden PRE/1590/2016, de 3 de octubre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 30 de septiembre de 2016, por el que se dictan instrucciones para habilitar la participación pública en el proceso de elaboración normativa a través de los portales web de los departamentos ministeriales.

La consulta pública estará abierta desde el 25 de septiembre hasta el 11 de octubre de 2019 inclusive, y, al objeto de facilitar la participación en la consulta pública, se facilita la siguiente información sobre el proyecto:

El Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia de títulos extranjeros de educación superior regula, entre otras materias, las condiciones de homologación y declaración de equivalencia de títulos extranjeros de educación superior.

La Orden ECD/2654/2015, de 3 de diciembre, estableció normas de desarrollo y aplicación del Real Decreto citado en lo que respecta a la homologación y declaración de equivalencia de títulos extranjeros de educación superior.

Posteriormente, la entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas introdujo determinadas modificaciones procedimentales que resulta obligado incorporar a la tramitación de tales expedientes.

Dado el importante número de homologaciones y declaraciones de equivalencia de títulos extranjeros y el volumen de trabajo que ello conlleva, se considera necesario mejorar el uso de los medios electrónicos en dichos procedimientos, con el fin de agilizar y simplificar su tramitación y permitir una mayor accesibilidad de los ciudadanos, que podrán solicitar estas homologaciones y declaraciones en cualquier momento y lugar.

También se simplifica la documentación a presentar por los ciudadanos eliminando, entre otros, el requisito de compulsa de los documentos, trámite que se sustituye por una declaración responsable. Igualmente, se introducen mejoras en lo relativo a la tramitación de los expedientes posibilitando, por ejemplo, la verificación de documentos en origen.

Los objetivos fundamentales de la norma son:

  • Agilizar y simplificar la tramitación de los expedientes de homologación y equivalencia para mejorar la eficiencia de la administración.
  • Adaptar la normativa a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
  • Ayudar al ciudadano al simplificarse la tramitación y hacer el trámite más accesible en espacio y tiempo.

Dado que la modificación propuesta es de un proceso taxativamente regulado, no hay otra opción que el cambio de regulación. Los sistemas informáticos asociados se modificarán en consecuencia así como la reestructuración de procesos en los departamentos implicados.

La necesaria simplificación y mejora de los procedimientos de gestión asociados a las solicitudes de homologación y declaración de equivalencia de los títulos extranjeros de educación superior administrativa adaptando la configuración del actual modelo al procedimiento electrónico exigido por la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas.

Resulta obligado incorporar las modificaciones necesarias para que las tramitaciones de homologación y declaración de equivalencia de títulos extranjeros de educación superior, respondan a un modelo normalizado, válido y actual.

El importante número de homologaciones y declaraciones de equivalencia de títulos extranjeros y el volumen de trabajo que ello conlleva, aconsejan introducir el uso de medios electrónicos en dichos procedimientos, con el fin de agilizar y simplificar su tramitación y permitir una mayor accesibilidad de los ciudadanos, que podrán solicitar estas declaraciones en cualquier momento y lugar.