En este enlace puedes ver el contenido completo del Plan de Medidas Antifraude.
¿Por qué ha aprobado el Ministerio un Plan de Medidas Antifraude?
El Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establece como fin último de las medidas contra el fraude, prevenir riesgos derivados de la existencia de unos recursos adicionales importantes que deben gastarse en un plazo breve de tiempo.
De acuerdo con ello, la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España, establece la obligación para todas las entidades decisoras y ejecutoras del PRTR de desarrollar un sistema de control y cumplimiento con el fin de prevenir la corrupción y los conflictos de intereses.
Es en este marco en el que el Ministerio de Universidades, como entidad decisora y ejecutora, partícipe en el desarrollo del componente 21 relativo a la modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la educación temprana de 0 a 3 años, presenta el presente Plan de medidas antifraude que ha sido aprobado por Resolución del Subsecretario del Ministerio.
Este plan establece un marco global de integridad y para ello se estructura en torno a los cuatro elementos clave del ciclo antifraude: prevención, detección, corrección y persecución.
Además, el Plan, que se aplicará a todo el personal que intervenga en la gestión de los fondos del PRTR en el ámbito de actuación del Ministerio de Universidades, incluye un código ético y de conducta y un catálogo de indicadores de riesgo de fraude, entre otras medidas.
Por último, el Ministro de Universidades ha ratificado, junto con este plan antifraude, una declaración institucional en la que pone de manifiesto el compromiso del Ministerio en la lucha contra el fraude y la actuación sobre la base de los más altos estándares éticos.