- La simplificación de trámites y el acompañamiento de tecnologías digitales permitirá reducir la duración de las resoluciones a seis meses.
- El nuevo Real Decreto tiene como objetivo regular el procedimiento de homologación y de declaración de equivalencias
- Con su desarrollo se ha buscado dotar de eficiencia y agilidad a dichos procedimientos.
El Ministerio de Universidades ha publicado hoy para su procedimiento de audiencia pública el Real Decreto de homologación, de declaración de equivalencias y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros.
Este Real Decreto forma parte de las políticas económicas y de recualificación y movilidad que ha desarrollado el Ministerio de Universidades de forma que sea capaz de tener en cuenta las necesidades de quienes quieren trabajar en España, ya sean extranjeros o españoles formados en el extranjero.
Asimismo, y en conjunto con el resto de normas ya en marcha, este Real Decreto tiene una importancia vital para la consolidación del Espacio Europeo de Enseñanza Superior así como para la movilidad de titulados superiores entre diferentes países y, también, tiene una relevancia muy importante en el mercado de trabajo así como en la atracción de talento internacional para el desarrollo económico y tecnológico de nuestro país.
Es prioridad para el Ministerio de Universidades ponerse al servicio de los y las profesionales que han decidido empezar una nueva vida en nuestro país contribuyendo con su talento al desarrollo de nuestra economía del conocimiento.
Las medidas que este decreto quiere poner en marcha van en dos direcciones: digitalización y agilización de trámites. Una simplificación de los procedimientos administrativos que mantengan la calidad y los controles pero que sean útiles para todas aquellas personas que han de tramitar un procedimiento de homologación o equivalencias.
Agilización de trámites
Entre los principales objetivos de este decreto está favorecer la reducción en el trámite de las resoluciones hasta los 6 meses. La norma establece plazos máximos para cada uno de los trámites del procedimiento.
En el caso de las solicitudes de homologación de un título extranjero a un título universitario oficial español que permita el acceso al ejercicio de una profesión regulada, será necesario solicitar un informe a los Colegios Profesionales, que tendrán un plazo máximo de 10 días para emitirlo.
Asimismo, los informes de carácter técnico y vinculante que emitirá la Comisión de Análisis Técnico de Homologaciones y de Declaración de Equivalencias, deberán emitirse en un máximo de dos meses.
Además, en relación con el procedimiento de convalidación de estudios universitarios extranjeros, se establece un plazo máximo de dos meses para la resolución del mismo por las universidades.
Novedades respecto a la anterior regulación
Este RD prevé la creación de la Comisión de Análisis Técnico de Homologaciones y Declaración de Equivalencias, con el objeto de agilizar la resolución de los procedimientos de homologación y declaración de equivalencia.
La función de la misma será la emisión de Informes preceptivos, motivados por la solicitud de homologación y de declaración de equivalencia, que determinará el sentido de la resolución.
Además, la Comisión podrá solicitar informes, no vinculantes, sobre los conocimientos y competencias académicos y/o profesionales de las titulaciones a la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), así como a profesorado universitario o a profesionales expertos.
Además, no se requiere la emisión de este informe de la Comisión, cuando se trate de títulos universitarios de países del Espacio Europeo de Educación Superior ó bien cuando existan acuerdos internacionales entre el Reino de España y otro país que reconozcan mutuamente la calidad de los planes de estudio de las enseñanzas
Así, y en el mismo sentido de agilización de trámites, la Comisión puede emitir informes de criterio de carácter general, cuando se corrobore que un gran número de las solicitudes de homologación y declaración de equivalencia de un determinado título extranjero proveniente de la misma universidad, del mismo plan de estudios y de un determinado país han obtenido una resolución definitiva favorable, desfavorable o favorable condicionada.
Digitalización
Este real decreto establece que la totalidad de los trámites de los procedimientos de homologación y declaración de equivalencias serán efectuados por vía electrónica.
En definitiva, un Real Decreto que busca la agilización de trámites y la eficiencia como objetivo principal de cara a abordar los diferentes retos de homologación, equivalencias así como de su correspondiente relación con los diferentes procesos de internacionalización.